El Tribunal de la UE niega a España cuotas de pesca en el mar del Norte
Madrid pidió que se le reconocieran derechos de captura en esa zona y en el Báltico
Falla por segunda vez a favor del veto de Bruselas a la flota española en esos caladeros
(Firma: Juan Oliver|Lugar: corresponsal | bruselas)
La flota española seguirá sin poder faenar en aguas del Báltico y del mar del Norte, y la posibilidad de que se pueda regresar algún día a esos caladeros para pescar especies de valor comercial parece cada vez más alejada. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea desestimó ayer el segundo recurso presentado por España contra la negativa comunitaria a otorgarle derechos de pesca en esas zonas, de las que fue excluida temporalmente cuando entró en la UE, ante las suspicacias que despertaba entre varios Estados miembros la capacidad de su flota.
El Acta de Adhesión que estableció las condiciones de la integración española impuso a los pescadores la prohibición transitoria de faenar en el Báltico y en el mar del Norte, plazo que venció el 31 de diciembre del 2002. Hasta entonces, y siguiendo esa restricción, España no había entrado en el reparto de totales admisibles de capturas (TAC) en esas aguas, pero tampoco se benefició de ellas al año siguiente. La distribución acordada con carácter anual por el Consejo de Ministros de Pesca, se rige por el principio de estabilidad relativa, que garantiza que cada país obtiene en cada ejercicio el mismo porcentaje de cuota en cada caladero que el año anterior. Y dado que durante lustros España había tenido un TAC histórico de cero toneladas en esas aguas debido a las restricciones de la adhesión, el Consejo mantuvo idéntico rasero para el 2003 y para los ejercicios posteriores.? El Gobierno español, presidido entonces por José María Aznar y bajo el mandato de Miguel Arias Cañete en el Ministerio de Agricultura, recurrió ante el Tribunal de Justicia los TAC del 2003 y del 2004, alegando que resultaba injusto que se aplicase el principio de estabilidad relativa cuando los derechos españoles habían estado restringidos. Y exigió también una nueva distribución basada en las capturas de 1970, 1971, 1972 y 1973, los últimos en los que España había faenado allí.
El 30 de marzo del año pasado, el Tribunal desestimó el recurso sobre las cuotas del 2003, y preguntó a España si, pese esa decisión, mantenía el recurso sobre los TAC del 2004. El Gobierno, ya en manos del PSOE, contestó que sí, pero los jueces han tumbado ahora la demanda con idénticos argumentos que entonces: «Aunque una vez finalizado el período transitorio España pueda tener de nuevo acceso a las aguas del mar del Norte y del Báltico, de ello no se deduce que los buques españoles puedan tener acceso a los recursos de esos mares en las mismas proporciones que los Estados miembros que participaron en el reparto inicial o en repartos ulteriores».
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