El Diario Electrónico será exigible a partir de enero de 2010
La transmisión de datos será vía internet para evitar falsear las identidades.
A. LUACES. A CORUÑA. El conocido como Diario Electrónico será exigible a partir del 1 de enero de 2010 a todos los barcos de pesca de más de 24 metros de eslora, y a partir del 1 de julio de 2011, a todos los barcos de más de 15 metros de eslora. Así lo establece el Reglamento 1566/2007, que recoge las disposiciones de aplicación del Reglamento 1966/2006. Para cumplir con esta norma, todos los barcos deberán disponer de un ordenador de características determinadas, por cuanto la transmisión de datos vía internet se efectuará con certificado digital al objeto de que no se puedan falsear las identidades. El mensaje que se transmitió deberá ser el más corto posible para que, a su vez, se abarate el coste. En caso de fallo en el funcionamiento del sistema, y en su caso del fax, los datos podrán ser trasladados por radiofonía.
La Administración convocará próximamente distintas reuniones para explicar este sistema informático a las cofradías y otras organizaciones que tengan barcos de más de 15 metros. También se convocarán cursillos de formación para los patrones de dichos barcos, ya que ellos serán los encargados de cubrir ese Diario o, en su caso, a quienes ellos deleguen. Los cursos podrían comenzar a partir de enero de 2009, un año antes de que sea exigible la cumplimentación del Diario Electrónico.
Según el reglamento, la obligación de registrar y transmitir electrónicamente los datos de los cuadernos diarios de pesca, la declaración de transbordo y los datos de transbordo se aplica a los capitanes de los buques pesqueros comunitarios de más de 24 metros de eslora total, a los 24 meses de su entrada en vigor. Asimismo, a los buques pesqueros comunitarios de más de 15 metros de eslora total la obligación será a los 42 meses de la entrada en vigor de dichas disposiciones. El reglamento señala, ademas, que la transmisión diaria contribuirá a mejorar la eficacia y eficiencia de las operaciones de seguimiento, control y vigilancia.
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