Nuevas normas garantizan la reserva marina de Cedeira
Se restringen áreas de pesca y aumentan las tallas de algunas especies
En la imagen, de archivo, un grupo de mariscadoras recogiendo berberecho en Cedeira. Autor de la imagen: josé pardo
Por primera vez desde la creación de la reserva marina en la ría Cedeira los pescadores dependientes del área disponen de unas normas establecidas de manera consensuada entre la administración y los trabajadores del sector. El órgano de gestión que rige el núcleo, denominado Oxesco, está formado por el mismo número de personas procedentes de ambos sectores, y tiene como finalidad garantizar la recuperación marina.
El plan recoge las normas fijadas por la Xunta en los últimos dos años e introduce nuevas líneas de actuación. Aumenta la talla de algunas especies de la ría en comparación con las que rigen en el resto de la comunidad.
Por ejemplo, el congrio, la centolla y algún pez plano se ven afectados por esta medida.Se restringen nuevas zonas para la pesca, como la de A Zanqueira, vedada para la faena con nasas por albergar un importante criadero de nécoras. Pero el principal cambio que establece el nuevo plan es la prohibición de entrada a las embarcaciones con un arqueo mayor a 1,5 GT.
Clasificación de las zonas
Dentro de la reserva marina de Cedeira existen tres zonas diferenciadas, con fuertes restricciones para desenvolver actividades pesqueras. En la reserva integral de Esteiro, con una superficie de 46,9 hectáreas, queda prohibida la práctica de pesca marítima y la realización de actividades subacuáticas.
Vilarrube y Boca da Ría
Los puntos de extracción más importantes se encuentran en la playa de la Magdalena, donde existe un banco natural de berberecho, y en el arenal de Loira, donde se encuentra el banco de cadelucha. El documento solo habilita la pesca en una zona delimitada en el margen izquierdo de ese arenal, por constituir una barrera de protección natural.
Las ensenadas de Pantín e Esteiro son de autorización marisquera. Sus especies: almeja, caramuxo y berberecho.
El nuevo documento no modifica ni disminuye el calendario de extracciones. El período de pesca permitido se establece en función de las artes empleadas, o si se trata de labores de marisqueo. Estas últimas sufren restricciones más severas.
El calendario que rige a especies como la nécora, el centollo y el pulpo coincide con lo establecido para toda Galicia. La captura de camarón se restringe durante los meses de junio a diciembre, y del 2 al 6 de enero. La pesca de chocos se reduce desde el mes de diciembre hasta mayo.
El resto de especies que se sacan con técnicas de pesca tradicionales tienen un período autorizado de extracción durante todo el año y sin topes de captura.
El período de extracción de erizos se limita a los meses desde diciembre hasta abril, y las capturas de coquina solo pueden llevarse a cabo desde octubre hasta marzo. Los meses de mayo y junio solo se permite la extracción de percebe.
Topes de captura
El plan de gestión integral de la ría de Cedeira solo establece topes de captura en la extracción de nécora y pulpo.
Ocho kilos por tripulante al día más ocho kilos por embarcación constituyen el límite de la nécora. Las restricciones del pulpo coinciden con lo establecido para el resto de la comunidad autónoma.
Según los datos que maneja la cofradía de pescadores 22 embarcaciones con arqueo igual o inferior a 1,5 GT, con puerto base en Cedeira, obtienen el permiso para acceder a la reserva según las modalidades de pesca permitidas.
Una treintena de personas han recibido la habilitación provisional para la explotación de marisqueo a pie.
El texto recoge que se podrá autorizar temporalmente el acceso de embarcaciones que superen estas medidas si se dan las circunstancias adecuadas, y si están habilitadas legalmente para la captura de percebe o disponen del permiso de explotación con artes de anzuelo.
Se limita el horario de la pesca marítima de recreo en la zona comprendida entre el límite sur de la playa de Vilarrube, y hasta el final de la zona comprendida entre la reserva integral de Esteiro, y la ensenada de Pantín.
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